En el Complejo Monumental
Arqueológico de Cochasquí, ícono emblemático de la Identidad del Ecuador,
dentro del perímetro arqueológico y sin ningún tipo de estudios de impacto y
autorizaciones pertinentes se han construido una serie de infraestructuras con
fines turísticos que han alterado gravemente la integridad del bien
patrimonial, por un manejo inconsulto e irresponsable de las autoridades del
Consejo Provincial de Pichincha a cargo del Proyecto Cochasquí, que conociendo
las normativas patrimoniales han autorizado dichos trabajos.
Creemos que
este caso hay un precedente con el daño al patrimonio cultural ocasionado en
Guayaquil en las Peñas al colocar un monumento al tristemente célebre León
Febres Cordero en áreas patrimoniales, la intervención en Cochasquí también
debería ser considerada según el código penal como delito por haberse consumado
un atentado contra el Patrimonio Cultural del Ecuador, ya que dicha zona está
declarada legalmente como Patrimonio Cultural de la Nación y por tanto
está amparada por lo previsto en la Constitución de la República, Art. 379
numeral 2 y el último inciso; la Ley de Patrimonio Cultural Arts. 13, 14 y 27 y
su Reglamento Arts. 7,32, 33, 37, 38, 39, 73, 77, 78 y 86. Donde por su
carácter arqueológico la zona requiere mayor grado de protección.
El delito
está tipificado en el Código Penal Capítulo VII A, como infracciones
contra el Patrimonio Cultural, que en su Art. 415 A indica.- “El que
destruya o dañe bienes pertenecientes al Patrimonio Cultural de Nación, será
reprimido con prisión de uno a tres años sin perjuicio de las indemnizaciones
debidas a terceros de buena fe y de que el juez, de ser factible, ordene la
reconstrucción, restauración o restitución del bien, a costa del autor de la
destrucción o deterioro [….]”
Así como el
Art. 415 B que determina: “La misma pena prevista en el artículo anterior, si
el hecho no constituyere un delito más severamente reprimido, se aplicará al
funcionario o empleado público que actuando por sí mismo o como miembro de un
cuerpo colegiado, autorice o permita, contra derecho, modificaciones,
alteraciones o derrocamiento que causen la destrucción o dañen bienes
pertenecientes al Patrimonio Cultural de la Nación; así como al funcionario o
empleado cuyo informe u opinión haya conducido al mismo resultado.[….]”.
Nos asombra
también que encontrándose en la zona expertos internacionales en restauración
así como jóvenes arqueólogos recientemente contratados por el Consejo
Provincial del Pichincha para efectuar investigaciones no hayan dado su voz de
alerta ante este grave atentado, esperando también que se no se los utilice
para forjar a última hora algún informe que justifique la degradación y
destrucción del patrimonio cultural del Ecuador, ante lo cual estaremos atentos
y vigilantes con los colectivos sociales y veedurías ciudadanas que hemos
conformado para que se aplique la ley.
Adjuntamos los planos del área
arqueológica patrimonial en su totalidad y la zona intervenida, así como
material informativo sobre este proyecto y un registro gráfico de las obras
ilegalmente construidas.
ANEXO.
Nombre
del bien cultural: Parque Arqueológico y de Investigación
Científica Cochasquí.
UBICACIÓN:
Estado:
República del Ecuador
Provincia: Pichincha
Cantón:
Pedro Moncayo
Parroquia:
Tocachi
Comunidad:
Cochasquí
Ubicación
exacta y coordenadas Geográfica: Latitud Norte de 0° 3'
35", una longitud geográfica de 3° 17' 47".
Superficie
del bien cultural:
83.9 hectáreas
El Conjunto Arqueológico
Monumental de Cochasqui tiene una cronología del 850 al 1550 d.n.e, su
construcción esta atribuida a los Caranquis o Quitus Caras, está conformado por
15 pirámides truncas, 9 con rampa y 6 sin rampa así como de 21 montículos
funerarios, hacia el norte de ellas se localizo lo que posiblemente es la
cantera de la que se extraía la cangahua para la edificación de las pirámides,
las obras de carácter turístico ilegalmente construidas se encuentran dentro de
las 83,9 hectáreas, consideradas como zona arqueológica, protegida por la
legislación nacional y normativas internacionales de la Unesco, el Icomos, la
Carta de Venecia, la Carta de Atenas y demás convenios internacionales para
protección del Patrimonio Cultural suscritos por el Ecuador.
En el perímetro de la
zona arqueológica se han construido ilegalmente cuatro cabañas de madera con
capacidad para 40 personas, una cabaña para restaurante, 4 chozones (tres
pequeños para asaderos de carnes, 1 grande para baterías sanitarias), una
construcción para guardianía y bodega para material deportivo (bicicletas) y
área de camping con capacidad para 156 personas en carpas, todo
interconectado por senderos de cemento, este proyecto nunca se lo socializo con
las comunidades locales ni con el Gobierno Autónomo Descentralizado de la
Parroquia de Tocachi, bajo cuyo ámbito territorial se encuentra el complejo
arqueológico de Cochasquí.
OBRAS ILEGALMENTE CONSTRUIDAS EN EL PERÍMETRO ARQUEOLÓGICO
El área intervenida atenta contra
la integridad del conjunto monumental arqueológico en su totalidad, ya que pone
en riesgo posibles yacimientos arqueológicos, rompe su conexión con el área de la cantera de donde se explotaba la cangahua para la construcción de las tolas o pirámides y altera su nexo natural del
entorno del sitio (paisajismo), en un acto manifiesto de alteración y
degradación del Patrimonio Cultural Material,
Inmaterial y Natural del sitio, estamos seguros además que este proyecto no
cuenta con un informe técnico serio de los arqueólogos y demás expertos del Instituto
Nacional de Patrimonio Cultural que autorice dichas obras, ya que esta es la
única entidad que puede permitirlas.
Cochasquí es un referente histórico del País Caranquí, de la Identidad Milenaria del Pueblo Quitu Cara, cuna de las Quilagos Mujeres Gobernantes y Guerreras que lucharon por defender su heredad territorial, no puede ser mutilada por proyectos inconsultos que lesionan el real legado histórico ancestral del Ecuador.
Juan Acosta Salazar
Gestor Patrimonial
010179561-5